UA

– El Defensor de Familia otorgará de forma rápida y sin mayores consideraciones permiso de salida del país a los niños, niñas o adolescentes que deben viajar al extranjero, sin la compañía de ambos o uno de sus progenitores, cuando:

a)- Se encuentran en el Programa de Protección a Víctimas y Testigos de la Fiscalía General de la Nación y requieren salir con urgencia del país para proteger su integridad personal.

b)- Desvinculados o testigos en procesos penales, cuando corre grave peligro su vida y su integridad personal.

c)- Viajan en misión deportiva, científica o cultural en representación de Colombia.

d)- Requieren viajar por razones de tratamientos médicos de urgencia al exterior.

¿En qué casos el Defensor de Familia del ICBF puede otorgar de forma rápida y sin mayores consideraciones (de plano) el permiso de salida del país de un niño?

Nota: Si tienes problemas legales o quizás quieras consultar con profesionales del Derecho en Colombia aquí podrás encontrar los mejores y más prestigiosos Abogados de Colombia. Clic Aquí.

¿En qué casos el Defensor de Familia del ICBF puede otorgar de forma rápida y sin mayores consideraciones (de plano) el permiso de salida del país de un niño?

https://analytics.google.com/analytics/web/?authuser=0#/a19873651w39653599p39359059/admin/integrations/adsense/editor/MELVhoLOS4O55HAh2VocUA