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– Frente a estos asuntos prima el acuerdo de los progenitores, quienes deben entender que las visitas son un derecho de los niños.

El otorgamiento de la tenencia o custodia de los hijos menores de edad a uno de los padres no priva al otro del derecho de mantener comunicación permanente con ellos.

Lo recomendable es que de forma equitativa el niño pueda compartir con los dos padres estos períodos, dado que el beneficiado siempre será el niño quien crecerá rodeado de toda su familia.

En caso de no existir acuerdo entre los padres, se debe acudir a las autoridades competentes (defensor o comisario de familia, juez de familia) quienes determinarán lo más favorable para el menor de edad.

¿Puedo tener a mi hijo en las vacaciones y fechas especiales, como Navidad o fin de año?

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