– El Código de infancia indica que cuando el niño(a) se encuentre fuera del País será competente para realizar el trámite de la Fijación de Custodia el Centro Zonal del ICBF del último lugar de residencia del niño(a) en Colombia, si allí no existe ICBF se debe acudir a la Comisaría de Familia.
Es posible que se haga personalmente o por intermedio de abogado debidamente facultado.
Así mismo podrá acudir ante notaria, Centro de Conciliación de Universidad o Centro de Conciliación Privado legalmente autorizado por la ley, Delegados regionales y seccionales de la Defensoría del Pueblo, Agentes del Ministerio Público ante las autoridades judiciales y administrativas en asuntos de familia.
A falta de todos los anteriores, en el respectivo municipio, esta conciliación podrá ser adelantada por los Personeros y los jueces civiles y promiscuos municipales.
Nota: Si tienes problemas legales o quizás quieras consultar con profesionales del Derecho en Colombia aquí podrás encontrar los mejores y más prestigiosos Abogados de Colombia. Clic Aquí.