Subrogación.
Es uno de los mecanismos que evita que a la sociedad patrimonial de hecho ingresen bienes inmuebles y muebles adquiridos por los compañeros a titulo oneroso dentro de la unión marital de hecho, o en el precio de bienes propios.
Las recompensas.
Son indemnizaciones o prestaciones pecuniarias a que los patrimonios del marido, mujer y sociedad están obligados entre sí; que se hacen efectivas al disolver la sociedad patrimonial de hecho, y bajo determinadas circunstancias señaladas por la ley, a fin de alcanzar la mayor equidad posible en los efectos que la unión de hecho provoque sobre dichos patrimonios
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