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– Los familiares cercanos al niño(a), por ejemplo, el abuelo o la abuela, no tienen legitimidad para reclamar regulación de visitas; pero, el padre o la madre que no tiene la custodia si puede solicitar a la autoridad competente se permita al niño(a) relacionarse con su familia paterna o materna, según el caso.

¿Yo como abuelo(a) tengo derecho a ver a mi nieto(a) así su papá no me permita tener contacto con él?

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