by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Artículo 228.- Es anulable el matrimonio: 1) Cuando se contrajere por quienes carezcan de las circunstancias necesarias de aptitud señalada en el párrafo segundo del Artículo 16 de éste Código, salvo lo dispuesto en el párrafo tercero del mismo artículo; 2) Cuando se... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Artículo 232.- Los cónyuges, de común acuerdo o por iniciativa de cualquiera de ellos, pueden solicitar por escrito al Juez competente su separación de hecho. La separación no podrá perdirse sino después de un año, contando desde la fecha en que se celebró el... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Artículo 236.- El divorcio disuelve el vínculo matrimonial y produce los efectos que se señalan en éste Código. Artículo 237.- El divorcio deberá declararse por sentencia judicial. Artículo 238.- Son causas de divorcio: 1) La infidelidad manifiesta y pública de... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Artículo 243.- Transcurridos dos años desde que se celebró el matrimonio, podrá disolverse por consentimiento de los cónyuges, si fueran mayores de edad. Artículo 244.- Los cónyuges que intenten disolver el vínculo matrimonial por mutuo consentimiento, presentarán... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Artículo 249.- El matrimonio viciado de nulidad contraido de buena fé por ambos cónyuges, producirá sus efectos civiles mientras subsista. Una vez anulado producirá los mismos efectos que el divorcio. Artículo 250.- El matrimonio contraido de buena fé por uno de los...