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Que establece el divorcio vincular del matrimonio

Que establece el divorcio vincular del matrimonio Ley N° 45/1991 Artículo 1° -Esta ley establece el divorcio que disuelve el vínculo matrimonial y habilita a los cónyuges divorciados a contraer nuevas nupcias. No hay divorcio sin sentencia judicial que así lo decrete....

Son causales de divorcio

Artículo 4°.- Son causales de divorcio: a) El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro; b) La conducta inmoral de uno de los cónyuges o su incitación al otro a cometer adulterio, prostitución u otros vicios o delitos; c) La sevicia, los malos tratos y...

Tiempo necesario

Artículo 5°-Transcurridos tres años de matrimonio, los cónyuges podrán solicitar conjuntamente al juez su divorcio vincular. Los menores emancipados por el matrimonio, solo después de cumplida la mayoridad de ambos podrán plantear la acción. Antes de dar trámite al...

Nuevas Nupcias

Artículo 10-Los cónyuges divorciados no podrán contraer nuevas nupcias antes de transcurrido trescientos días de haber quedado firme y ejecutoriada la sentencia respectiva.

Hijos Menores

Artículo 11-Habiendo hijos menores, promovida la demanda de divorcio o antes, en caso de urgencia, los cónyuges o cualquiera de ellos, deberán solicitar ante el juzgado en lo Tutelar del Menor, se dicte resolución provisoria sobre: a) Designación de las personas a...
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