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La ley no tiene efecto retroactivo, por lo cual los bienes adquiridos con anterioridad a su vigencia, solamente se consideran afectados a vivienda familiar, cuando



Se otorgue la escritura pública por ambos conyugues o compañeros permanentes,



Mediante el procedimiento notarial, o judicial consagrado.

¿Los bienes adquiridos antes de la entrada en vigencia de la ley se pueden afectar a vivienda familiar?

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¿Los bienes adquiridos antes de la entrada en vigencia de la ley se pueden afectar a vivienda familiar?

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