En ese caso habrá que adaptar el régimen de comunicaciones a la situación concurrente, estableciendo un sistema que, salvaguardando el derecho que corresponde a las y los menores de relacionarse con ambos progenitores, abarque un mayor periodo vacacional, dependiendo de la lejanía con el hogar en el que residan.
¿Y si la progenitora o el progenitor no custodio reside fuera del lugar de residencia de las y los menores?
by TnRelaciones | Jan 11, 2021 | 0 comments