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Puede definirse como una de las facultades comprendidas dentro de la patria potestad que consiste en el deber de convivencia y el cuidado y atención de las hijas e hijos menores.

Las facultades de custodia solo se refieren al cuidado diario de las y los menores, ya que al tener compartido el ejercicio de la patria potestad, ambos progenitores deberán adoptar de común acuerdo cuantas cuestiones fundamentales se produzcan en las vidas de sus hijas e hijos, tanto en el ámbito educativo como sanitario u otros como lugar de residencia o elección de colegio.

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