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Cual es la relevancia Canónica del Matrimonio Civil

Es sabido que la Iglesia declara su competencia sobre los matrimonios de los fieles católicos. Así lo declara el canon 1059:

Canon 1059: El matrimonio de los católicos, aunque sea católico uno solo de los contrayentes, se rige no sólo por el derecho divino sino también por el canónico, sin perjuicio de la competencia de la potestad civil sobre los efectos meramente civiles del mismo matrimonio.

En virtud de esta norma, el canon 1117 indica que la forma canónica de celebrar matrimonio “se ha de observar si al menos uno de los contrayentes fue bautizado en la Iglesia católica o recibido en ella y no se ha apartado de ella por acto formal”, con la excepción de algunos matrimonios mixtos. El canon 1108, además, sanciona con nulidad el matrimonio celebrado sin que se haya observado la forma canónica. No es éste el lugar de detenerse en las motivaciones del Legislador de la Iglesia para declarar esta reserva de competencias; el objeto de este artículo es el examen de las consecuencias que en el derecho canónico puede tener un matrimonio celebrado en forma civil.

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