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Qué documentos se necesitan para casarse por la Iglesia

Cada párroco indicará según cada caso concreto qué documentos necesita para proceder a completar el expediente matrimonial de una pareja.

Tenga en cuenta que los documentos tienen que tener menos de seis meses desde la fecha de expedición del mismo hasta la fecha de la boda. Todos los documentos que se solicitan a organismos públicos o eclesiásticos que tengan más de seis meses antes de la fecha de la boda se tendrán que solicitar de nuevo al organismo correspondiente.

Los documentos básicos que se solicitan son:

– Fotocopia del carnet de identidad.

– Partida de bautismo (el interesado la puede pedir en la parroquia donde se bautizó).

– Certificado literal de nacimiento (hay que pedirlo en el registro civil donde nació el interesado).

– Certificado de fe y estado (se solicita en el registro civil de su localidad).

– Fotocopia sólo de la hoja del libro de familia de los padres donde aparece inscrito el interesado.

Que documentos se necesitan para casarse por la iglesia Y cualquier otro documento que el párroco crea conveniente. Recuerde que los documentos tienen una validez de 6 meses desde que se expide hasta la fecha de la boda.

Además hay que llevar a dos testigos, mayores de edad, con carnet de identidad y que conozcan desde hace tiempo a los novios. Cada párroco determinará si admite familiares o no.

Si uno de los dos es viudo/a:

Además de los documentos anteriores…

– Certificado de matrimonio de la Iglesia donde aparezca el matrimonio con el cónyuge fallecido.

– Certificado de defunción del cónyuge.

Si se han casado previamente por matrimonio civil:

Además de los documentos anteriores…

Para casarse por la Iglesia con la misma persona debe de presentar el certificado y copia del mismo del matrimonio civil que se expide en el lugar donde contrajeron matrimonio.

Para casarse por la Iglesia con una persona distinta a la que se casó por lo civil deben aportar:

. partida del matrimonio civil legalizada.

. sentencia firme de divorcio del anterior matrimonio civil.

En los demás casos: bodas de menores de edad, extranjeros, personas de otra religión, etc. cada párroco indicará qué otros documentos necesitan aportar para la celebración del matrimonio por la Iglesia.

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