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Si. Debemos tener en cuenta que la Sentencia debe recoger el contenido del Convenio Regulador, o hacer mención expresa del mismo, de tal modo que el contenido del Convenio pasa a ser parte integrante de la resolución judicial. Así, únicamente se puede modificar el Convenio (de hecho, la resolución judicial) si existe una modificación sustancial de las circunstancias existentes o que se tuvieron en cuenta a la hora de redactarse y ratificarse el Convenio.

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