Litisexpensas: este término hace referencia a los gastos que se derivan de un procedimiento judicial matrimonial. La normativa civil establece la posibilidad de que el Juez, entre las medidas provisionales (más información) establezca la aportación de cada cónyuge, dependiendo de sus posibilidades económicas, a los gastos derivados del proceso. Por lo general, en situaciones de desequilibrio económico entre los cónyuges, el Juez optará por que los gastos sean cubiertos por la parte con mayor capacidad económica (Art. 103. y 1318.3 CC)
¿Qué son las “litis expensas”?
by TnRelaciones | Jan 11, 2021 | 0 comments