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El divorcio es una de las formas mediante las que puede disolverse el vínculo matrimonial; se da por roto el vínculo que unía a los cónyuges de un matrimonio válidamente celebrado. Las otras formas de disolución de ese vínculo matrimonial son, la muerte y la declaración de fallecimiento. (Art. 85 CC)

Las características esenciales del proceso de divorcio en España son, por un lado, la necesidad de fundar la decisión de romper el vínculo matrimonial en una de las causas expresas y limitadas que establece la Ley y, por otro, la necesidad de intervención judicial para deshacer el vínculo matrimonial. No cabe el divorcio de hecho, es necesaria una sentencia que declare el matrimonio. disuelto.

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