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– Si las partes están de acuerdo en el monto de la cuota que van a aportar por alimentos, pueden formalizar la fijación de la misma a través de un acta de conciliación ante las siguientes autoridades:

a) Defensoría de Familia del ICBF del lugar de residencia del niño, niña o adolescente

b) Comisaria de Familia

c) Centros de conciliación autorizados por la Ley (Notarias,Facultades de Derecho de Universidades,privados)

d) Procuradurías delegada para la Infancia, la Adolescencia y la Familia

e) Defensorías del Pueblo.

A falta de las autoridades anteriores en el respectivo municipio, la conciliación podrá intentarse ante las Personerías Distritales o Municipales o ante jueces civiles o promiscuos municipales.

Para conocer la ubicación del Centro Zonal del ICBF más cercano al lugar donde se encuentre el niño, niña o adolescente puede llamar a la línea gratuita del ICBF 018000918080 o ingresar a la página de internet de la entidad: www.icbf.gov.co opción: El Instituto/Puntos de Servicio.

Si las partes interesadas han acordado el monto de la cuota de alimentos que van a aportar ¿Dónde pueden formalizar dicho acuerdo?

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Si las partes interesadas han acordado el monto de la cuota de alimentos que van a aportar ¿Dónde pueden formalizar dicho acuerdo?

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