Art. 117.- El divorcio decretado en el extranjero de quienes se hubieren casado conforme a las leyes salvadoreñas, sólo producirá efectos en El Salvador, cuando la causal invocada sea igual o semejante a las que este Código reconoce.
Divorcio decretado en el extranjero
by TnRelaciones | Jan 11, 2021 | 0 comments