by TnRelaciones | Jan 11, 2021
109.- El convenio será calificado por el juez, quien lo aprobará si los acuerdos adoptados no vulneran los derechos de los hijos y de los cónyuges reconocidos en este Código, en lo referente a prestación de alimentos, régimen de visitas u otros aspectos análogos. En... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Art. 125.- La declaratoria de existencia de la unión no matrimonial, deberá pedirse dentro del año siguiente contado a partir de la fecha de ruptura de la misma o del fallecimiento de uno de los convivientes, so pena de caducidad, Esta acción podrá ser entablada por... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Art. 94.- La nulidad por error en la persona solamente podrá ser pedida por quien padeció el error, y se sanea por el transcurso de tres meses contados a partir del día en que se tuvo conocimiento del mismo. Para los efectos de este artículo se entenderá que el error... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Art. 1l0.- Ejecutoriada la sentencia de divorcio, si ocurriere alteración sustancial de las circunstancias bajo las cuales fue aprobado el convenio, éste podrá modificarse judicialmente, o por medio de otro convenio otorgado en la misma forma que el original, previa... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Art. 126.- Lo dispuesto en el presente título debe entenderse sin perjuicio de lo que otras leyes establezcan en favor de los convivientes o compañeros de vida.