by TnRelaciones | Jan 11, 2021
La denuncia se puede presentar en las Dependencias Policiales, en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer o, en su caso, en el Juzgado de Guardia. Debe explicarse claramente lo ocurrido y si ha habido antes episodios violentos y señalarse también si el agresor dispone... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Efectivamente, la autoridad judicial podrá acordar la prisión provisional del agresor cuando estime dicha medida necesaria para garantizar la protección de la mujer agredida (artículo 503 apartado c) de la Ley de Enjuiciamiento criminal) y siempre que los hechos... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
Los malos tratos son perseguibles de oficio, es decir, que no es necesario que haya denuncia por parte de la mujer agredida, ya que los familiares, los servicios públicos, las ciudadanas y ciudadanos en general, que tengan conocimiento de la existencia de este tipo de... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
La ley castiga con la pena de prisión de 6 meses a 1 año al que quebrante esta condena o medida cautelar o de seguridad. Además, y para el caso de incumplimiento por parte del denunciado de la medida acordada por el Juzgado o Tribunal, podrá acordarse la prisión... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
La Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Justicia Gratuita, establece que no es necesario y, además, se le prestará de forma inmediata, sin perjuicio de que si posteriormente no se le reconoce ese derecho, la mujer deba abonar a la abogada o abogado los honorarios...