by TnRelaciones | Jan 11, 2021
– La ley considera que en primer lugar la custodia y cuidado de los niños, niñas y adolescentes debe estar en cabeza de los padres, a falta de los padres o cuando se demuestre que estos no son garantes de sus derechos, la custodia puede ser otorgada a los... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
– Presentar la solicitud verbal o escrita ante el Defensor de Familia. -Demostrar que las condiciones han variado y que por ende se hace necesario revisar el acuerdo de visitas. -Suministrar los datos de ubicación de la contraparte; es decir, del otro progenitor... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
– La Patria Potestad es el conjunto de derechos que la ley les reconoce a ambos padres sobre sus hijos menores de edad, estos derechos se reducen a administrar sus bienes y representarlo legalmente. Por el contrario, la custodia es el cuidado permanente del niño... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
– En realidad no existe una reglamentación que indique la periodicidad en que se deban dar las visitas; sin embargo, se deben hacer lo más regular posible, dado que se debe promover el acercamiento entre los padres y los hijos, evitando que se desdibuje o... by TnRelaciones | Jan 11, 2021
– No, se le confirió solamente la tenencia física del niño; es decir, su cuidado, pero el estado civil del niño, la maternidad o paternidad sigue en cabeza de los padres, su parentesco con el menor de edad sigue siendo el mismo que tenía antes de la fijación de...