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El tema de la ciudadanía dominicana se ha convertido en uno de los principales temas a considerar por los padres dominicanos con hijos nacidos en el extranjero. Nuestra constitución en su artículo 18 define claramente que son dominicanas y dominicanos “Los hijos e hijas de madre o padre dominicano” por lo que bajo este mandato legal un padre dominicano puede reclamar la nacionalidad dominicana para sus hijos nacidos en el extranjero. ¿Cómo puedo solicitar la ciudadanía dominicana a mis hijos nacidos en el extranjero? El procedimiento es realizado ante el órgano encargado del registro civil en República Dominicana en este caso la Junta Central Electoral, que mediante una serie de documentos podemos solicitar a este órgano que proceda a transcribir en sus registros el acta de nacimiento de nuestros hijos instrumentada en el extranjero. Es decir, que con el acta de nacimiento del país natal de su hijo usted puede solicitar una transcripción de dicha acta a los libros de registro civil de la Republica Dominicana. Luego de que la solicitud sea procesada en unos 10 o 15 días laborables usted recibirá un acta de nacimiento dominicana de su hijo/a que lo acredita como nacional dominicano. ¿Puedo reclamar la ciudadanía dominicana si ya soy mayor de edad? Ahora bien, puede darse el caso (muchas veces ocurre) de que el hijo de dominicano nacido en el extranjero es quien decide reclamar la ciudadanía dominicana. En tal sentido el solicitante no tendrá ningún inconveniente ya que cualquiera de las partes involucradas (padre, madre e hijos) pueden iniciar el proceso de transcripción correspondiente.

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