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Al igual que en el caso de trabajadoras por cuenta ajena, deberán aportar un informe del facultativo del Servicio Público de Salud en el que se acredite la situación de embarazo y que las condiciones de trabajo o actividad profesional desempeñadas influyen negativamente en la salud de la trabajadora o del feto.
Además, la propia trabajadora hará una declaración sobre: La actividad desarrollada, la inexistencia de un trabajo o función en tal actividad compatible con su estado que pueda ser llevada cabo por aquella en su condición de trabajadora por cuenta propia o empleada de hogar.

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