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Código Civil: Del Divorcio

ARTICULO 48.- Será motivo para decretar el divorcio: 1) El adulterio de cualquiera de los cónyuges; 2) El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro o de sus hijos; 3) La tentativa de uno de los cónyuges para prostituir o corromper al otro cónyuge y la...

Código Civil: De la Separación Judicial

ARTICULO 58.- Son causales para decretar la separación judicial entre los cónyuges: 1) Cualquiera de las que autorizan el divorcio; 2) El abandono voluntario y malicioso que uno de los cónyuges haga del otro; 3) La negativa infundada de uno de los cónyuges a cumplir...

Código Civil: Nulidad del Matrimonio

Artículo 64.—La nulidad del matrimonio prevista en el artículo 14 de esta Ley, se declarará de oficio. El Registro Civil no inscribirá el matrimonio de las personas menores de quince años. (Así reformado por el artículo 1° de la Ley N° 8571 del 8 de febrero de 2007) ...
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