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En el régimen de separación de bienes cada cónyuge conserva la propiedad, libre disposición y administración de todos sus bienes, y pertenecerán a cada uno de los cónyuges tanto los bienes que tuviesen antes de contraer matrimonio como los que adquieran con posterioridad, por tanto los cónyuges mantienen separados sus patrimonios, hay un patrimonio de cada cónyuge.

En consecuencia todos los ingresos que los cónyuges obtengan, procedan de sus bienes o trabajo serán propios, no participando ninguno de ellos en las ganancias del otro, sin perjuicio de la obligación de contribuir a las cargas del matrimonio, y de observar las reglas comunes para todos los regimenes económico-matrimoniales indicadas.

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