Misión: Garantizar que los profesionales del derecho y afines ejerzan su profesión con estricto apego a la Constitución Politica de la República de Guatemala con justicia, equidad, responsabilidad y ética, para lo cual promovemos actualización y proyección social. Visión: Ser la organización gremial más prestigiosa y respetada de la sociedad guatemalteca, por su incidencia en la vida nacional. El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, es una asociación gremial no lucrativa que se constituyó de acuerdo a la Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, en 1947, según el Decreto Legislativo No. 332, que fue derogado en octubre de 1991, mediante el Decreto 62-91 del Congreso de la República, el que posteriormente se derogó por el Decreto 72-2001 del Congreso de la República, vigente desde el 22 de diciembre de 2001; y que se deriva de los artículos 34 y 90 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que dispone la colegiación profesional. Asimismo, se rige por sus estatutos leyes y reglamentos. A continuación se informa cuáles son las leyes y reglamentos en que basa el funcionamiento del Colegio: Constitución Política de la República de Guatemala. Ley de Colegiación Profesional Obligatoria, Decreto 72-2001 del Congreso de la República. Estatutos. Reglamento de Elecciones. Reglamento de Prestaciones. Reglamento de Colegiación. Ley del Timbre Forense y Timbre Notarial, Decreto 82-96 del Congreso de la República y sus reformas.
Reglamento de la Ley del Timbre Notarial y Timbre Forense. Código de Notariado. Reglamento para uso del panteón. Reglamento General de Congresos Jurídicos. Reglamento de la Unidad Académica….
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