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Custodia compartida. Requisitos. Abogados de A Coruña especialistas en custodia compartida. Divorcios, separación de parejas de hecho con hijos, modificación de medidas, reclamación de pensión de alimentos, liquidación de la sociedad de gananciales. Reclamación o impugnación de paternidad (prueba de ADN). Abogados de familia. Mediador familiar. La custodia compartida, hoy en día, supone casi el 30 % de los casos en los procedimientos de divorcio o de guarda y custodia de hijos de parejas de hecho que rompen su relación. Algo impensable hace unos años, cuando la custodia compartida se planteaba como algo excepcional. El criterio de los tribunales españoles cambió radicalmente tras la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de abril de 2013, que estableció de forma contundente la custodia compartida como regla general. Ahora bien, partiendo siempre del interés prioritario de los hijos, no siempre es posible una custodia compartida. Para ello es imprescindible que ambos progenitores cumplan una serie de Requisitos, que se resumen básicamente en los siguientes: Que ambos progenitores tengan próximos sus domicilios. Que ambos progenitores dispongan de tiempo para estar con sus hijos. Trámite. Mutuo acuerdo o Contencioso. Para establecer la custodia compartida habrá que acudir necesariamente a un Juzgado de Primera Instancia (Juzgado de Familia) y contratar los servicios de un abogado y de un procurador. Si los progenitores están casados, el trámite se hará dentro de un procedimiento de divorcio y, si los progenitores son pareja de hecho, el procedimiento será de guarda y custodia, siendo ambos procedimientos exactamente iguales aunque tengan denominaciones diferentes…..

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