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A partir del momento en que se
casan, todos los Bienes que adquieran se llaman Gananciales y cuando se
divorcian le corresponde la mitad a cada uno, aunque esté a nombre de uno solo
de ellos y cualquiera haya sido el que aportó el dinero para comprarlo. Puede
suceder, si después de casados alguno de los cónyuges recibe una herencia o le
regalan un bien, al divorciarse no los tendrá que compartir con el otro o la
otra.

El otro tipo de Bien es el que se
llama Propio, y es aquel que cada uno de
los cónyuges tenía antes de casarse y los que hereda o le regalan después de
casado, que antes mencionamos. Estos bienes no se reparten cuando se divorcian,
siguen siendo del que los tenía.

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