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Lo mejor y más recomendable en una
separación con hijos menores de edad, es que sus progenitores lleguen a un
acuerdo respecto de la custodia de sus hijos, pues de este modo se evitarán un
proceso judicial contencioso que será más perjudicial aún para ellos. La patria
potestad de los hijos, casi siempre es compartida entre los dos progenitores, y
solo se privaría de ella en casos muy extremos y exclusivamente por decisión
judicial. Por tanto, aunque solo uno de los cónyuges tenga la guarda y custodia
de los hijos, no significa que el progenitor no custodio no tenga ningún
derecho ni deber respecto de ellos, este posee la patria potestad, lo cual le
faculta para participar en la toma de las decisiones importantes de la vida de
sus hijos, como son, colegio, viajes, operaciones quirúrgicas, actividades
extraescolares, elección de tratamientos médicos etc.

Así mismo, la guarda y custodia de
los hijos, puede ser compartida, es decir, se podría pactar en un convenio
regulador, que los hijos vivan un periodo con la madre, y otro periodo con el
padre rotativamente.

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