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Si la corte le dio al deudor permiso para pagarle a plazos (con un plan de pagos) y el deudor dejó de pagarle, le paga con retraso, o nunca hizo ninguno de los pagos, puede pedirle a la corte que cancele el plan de pagos y que ordene que el monto restante se pague de inmediato.

Básicamente, usted le puede explicar a la corte que el deudor ha faltado en sus pagos y que el plan de pago se ha de cancelar para que pueda usted cobrar el monto de una vez.

Para hacer esto:

Llene una Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-223).

Asegúrese de leer la página 2 del formulario SC-223 antes de completar la primera página. Le da a usted (y al deudor) información sobre el proceso. Y le explica cómo calcular el interés que se está acumulando sobre el monto principal que el deudor le debe a usted.

Si hay más de un deudor en este caso, llene un formulario SC-223 para cada deudor que ha dejado de hacer los pagos a plazo.

Presente sus formularios con el secretario de la corte.

La corte mandará por correo a todas las otras partes del caso una copia de su Declaración (formulario SC-223) más una Respuesta a Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-224) en blanco por si el deudor quiere responder a su Declaración.

El deudor tiene 10 días para presentar la Respuesta a Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-224).

La corte entonces enviará a todas las partes del caso (incluyéndolo a usted) una Orden sobre Declaración sobre falta en el pago del fallo (formulario SC-225) que incluirá lo siguiente:

Una decisión sobre si cancelar o no el plan de pagos y hacer que se pueda cobrar el monto restante inmediatamente, o

Un aviso sobre una audiencia en la corte para que el juez pueda escuchar a ambos lados en persona y así tomar una decisión.

Si la corte decide que el monto completo se ha de pagar de inmediato, puede usted empezar a cobrar la cantidad completa. Haga clic para ver qué opciones tiene para cobrar el fallo.

Si la corte le manda un aviso para ir a una audiencia, asegúrese de presentarse a esa audiencia. Si tiene pruebas de que los pagos han llegado tarde o no se han hecho, tráigaselas a la audiencia.

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