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De conformidad con el Código Civil Venezolano, el matrimonio se
disuelve bien mediante la Separación de Cuerpos y Bienes o bien
solicitando el Divorcio, en este sentido,

i.- En el primer
caso, uno de los cónyuges o ambos de mutuo acuerdo, introducen la
solicitud de separación de cuerpos y de bienes, en el Tribunal
Competente y el Juez homologa dicha solicitud. Luego, después de
transcurrido un año, se solicita la correspondiente conversión en
divorcio.

ii.- En el segundo caso, uno de los cónyuges
solicita en el Tribunal competente el Divorcio, demandando cualquiera
de las causales establecidas en el Articulo 185 del Código Civil , caso
en el cual se dará comienzo al juicio de Divorcio y el Juez es el
encargado de resolver en el mencionado proceso.

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