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Reclamos de exención de una retención o embargo que no sea de sueldo

Un Reclamo de exención es un formulario presentado por el deudor ante un oficial de embargo (como un alguacil) explicando por qué la propiedad que el acreedor quiere embargar debería estar exenta (excluida). Hay leyes y reglas que indican qué tipos de ingresos o bienes están exentos. Puede leer muchas de estas exenciones en Exenciones de cumplimiento de fallo (formulario EJ-155) y averiguar los montos actuales de exención en Current Dollar Amounts of Exemptions From Enforcement of Judgments (Montos en dólares de las exenciones del cumplimiento de fallos).

Para presentar un Reclamo de exención de una retención o embargo que no sea de sueldo.

En un plazo de 10 días de recibir el Aviso de embargo:

Llene un Reclamo de exención (formulario EJ-160) y una Declaración financiera (formulario EJ-165).

Use la Exención de cumplimiento de fallo (formulario EJ-155) para averiguar qué bienes o ingresos están exentos de embargo.

Entregue el Reclamo de exención al oficial de embargo en su caso (como el alguacil, o el profesional de entrega legal) en un plazo de 10 días de recibir el Aviso de embargo.

El oficial de embargo retendrá su propiedad o dinero hasta:

Que pasen 10 días y el acreedor no se haya opuesto al reclamo de exención;
o
El juez tome una decisión sobre el reclamo de exención en una audiencia.

Si el acreedor no se opone a su reclamo de exención, el empleador le devolverá la propiedad o el dinero

Si el acreedor se opone a su reclamo de exención, recibirá un Aviso de oposición al reclamo de exención (formulario EJ-170) y Aviso de audiencia sobre reclamo de exención (formulario WG-009 /EJ-175) indicando una fecha de audiencia para que el juez tome una decisión.

En la audiencia, el juez tomará la decisión final. Si el juez está de acuerdo con usted, le devolverá su dinero o propiedad. Si el juez está de acuerdo con el acreedor, el oficial de embargo le dará el dinero o propiedad al acreedor.

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