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Prepare un Extracto de fallo – Civil y reclamos menores (formulario EJ-001 ). Tiene que llenar toda la información requerida o el derecho de retención no será válido.

Lleve o envíe por correo 2 copias del Extracto de fallo completado a la corte para que el secretario de la corte las pueda certificar. Tendrá que pagar una cuota para hacerlo (actualmente es de $25, pero las cuotas pueden subir, así que debe verificar el monto con el secretario de la corte o visitando el sitio web de su corte). Si envía el extracto por correo, no se olvide de incluir un sobre estampillado con su dirección para que la corte le pueda enviar de retorno el Extracto de fallo certificado.

Lleve el Extracto del fallo certificado y 1 copia a la oficina del registrador del condado en que cree que su ex cónyuge/pareja tiene bienes inmuebles. Tendrá que pagar una cuota de registro, que dependerá de muchos factores, pero que actualmente es de $20.

El registrador del condado le avisará a su ex cónyuge/pareja que usted ha registrado el Extracto de fallo.

No recibirá su dinero automáticamente, pero si su ex cónyuge/pareja refinancia o vende su propiedad, es posible que reciba su dinero más el 10% de intereses anuales.

Si cree que su ex cónyuge/pareja tiene bienes inmuebles en más de 1 condado, tendrá que registrar el extracto con el secretario de cada condado en el que su ex cónyuge/pareja tiene bienes. Sólo hay que registrar 1 Extracto de fallo por condado, aunque haya múltiples propiedades en un solo condado.

Algunos tasadores de condado le confirmarán por teléfono si un deudor tiene bienes inmuebles, o puede llegar a encontrar la información en línea en el sitio web del tasador del condad.

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