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Para poder establecer legalmente, e iniciar oficialmente, la manutención del cónyuge o pareja de hecho, tiene que haber un caso en la corte.

Un cónyuge o pareja de hecho puede pedirle al juez que dicte una orden de manutención del cónyuge o pareja de hecho como parte de 1 de estos tipos de casos:

Divorcio, separación legal o anulación; o
Una orden de restricción de violencia en el hogar.

Puede pedir el pago de manutención del cónyuge o pareja de hecho mientras se están haciendo los trámites del caso.

Esto se llama “orden temporal de manutención del cónyuge” u “orden temporal de manutención de la pareja de hecho”.

La manutención también se puede ordenar una vez que el divorcio o separación legal se finalicen, como parte del fallo final de divorcio o separación.

Cuando se ordena una vez que el caso se ha finalizado, se llama “manutención permanente (o a largo plazo) del cónyuge o pareja de hecho”.

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