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Si, es aconsejable. Si el asistente de derecho familiar o el centro de ayuda de su corte proporcionan ayuda con casos de divorcio, pídales que revisen sus documentos de revelación. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso. Aunque no proporcionen ayuda con divorcios, probablemente lo puedan ayudar con temas de manutención de los hijos y de manutención del cónyuge/pareja de hecho, así que por lo menos les puede hacer preguntas sobre cómo llenar la Declaración de ingresos y gastos (formulario FL-150 ) (en español).

Haga por los menos 1 copia de todos sus formularios

Una copia será para su cónyuge o pareja de hecho. El original es para usted. Recuerde que ninguno de los documentos de revelación (con la excepción del formulario FL-141 ) se presentan ante la corte. Así que es muy importante guardar su copia en un lugar seguro en caso de que se surjan preguntas más adelante y necesite pruebas de la información que proporcionó a su cónyuge o pareja de hecho.

Pídale a alguien que entregue legalmente una copia de sus formularios de revelación a su cónyuge o pareja de hecho

Pídale a alguien de 18 años de edad o mayor (NO usted) que envíe una copia de sus documentos de revelación a su cónyuge o pareja de hecho.

Presente la Declaración relacionada con la entrega de la Declaración de revelación

Llene la Declaración de la entrega de la Declaración de revelación (formulario FL-141) .

Este formulario le dice a la corte que envió sus documentos de revelación según los requisitos.

Haga 2 copias de este formulario.

Presente el original y las copias ante el secretario de la corte. El secretario se quedará con el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado).

Tenga en cuenta que si se produce algún cambio u obtiene información nueva después de que usted y su cónyuge/pareja de hecho hayan intercambiado las declaraciones preliminares de revelación, tendrá que llenar y hacer la entrega legal de un nuevo conjunto de formularios de revelación, actualizando a la otra persona sobre la información nueva o modificada. También tendrá que avisar a la corte, llenando otra Declaración d la entrega de la Declaración de revelación (formulario FL-141 ).

Una vez que haya presentado su Respuesta y se hayan intercambiado sus declaraciones preliminares de revelación, su próximo paso será finalizar su acuerdo con el peticionario y presentar los formularios requeridos para finalizar su divorcio.

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