UA

Puede presentar una Respuesta e igualmente llegar a un acuerdo con su cónyuge o pareja de hecho.

No se olvide de presentar su Respuesta a no más de 30 días de recibir la entrega legal de su Petición. Esto se considera un caso “sin disputa”.

Para llenar una Respuesta y participar activamente en el caso, siga los siguientes pasos:

Llene su Respuesta.

De la misma manera que la Petición, el formulario de Respuesta solicita información sobre la duración de su matrimonio o pareja de hecho registrada, y cómo quiere reestructurar su vida a partir de ahora. Le preguntará sobre sus bienes y deudas, y asuntos pertinentes como la custodia y visitación de los hijos, manutención de los hijos o del cónyuge, violencia en el hogar y otros asuntos.

Si quiere asesoramiento legal específico sobre cómo llenar su Respuesta, hable con un abogado.

Siempre es posible que usted y su cónyuge o pareja de hecho tengan desacuerdos y lo que escriba en su Respuesta puede ser muy importante y puede afectar el resultado del caso.

¡IMPORTANTE! Sólo tiene 30 días para presentar su Respuesta.

Los días se cuentan a partir de la fecha en que recibió legalmente la Petición de divorcio de su cónyuge o pareja de hecho.

Si su cónyuge o pareja de hecho está dispuesto a darle más de 30 días, asegúrese que lo ponga por escrito y haga que su cónyuge/pareja de hecho firme la “prórroga”.

Nota: Aunque un formulario esté en español, tenga en cuenta que la versión en español es solo una muestra para ayudarlo. Todos los formularios que se presentan en la corte tienen que estar en inglés y ser llenados en inglés.

Llene sus formularios de la corte

Llene una Respuesta (formulario FL-120 ). Recuerde que usted es el demandado.

Si tiene hijos con su cónyuge o pareja de hecho, también debe llenar:

Declaración bajo la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de Custodia de los Hijos (UCCJEA) (formulario FL-105/GC-120 ).

Si quiere que la corte dicte órdenes de custodia y visitación, también puede llenar el Adjunto: Solicitud de custodia y visitación (Horario de crianza) de los hijos (formulario FL-311 ). Este es un formulario optativo (no tiene que usarlo) pero puede ser útil para asegurarse de que no haya dejado nada de lado en su solicitud. Contiene muchos detalles sobre los horarios de visitas, qué hacer en los días feriados y otros detalles que pueden ser útiles para tratar de hacer lo mejor para sus hijos.

Haga revisar sus formularios

Si el asistente de derecho familiar o el centro de ayuda de su corte proporcionan ayuda con casos de divorcio, pídales que revisen sus documentos. De esa manera podrá verificar que los formularios se han llenado correctamente antes de presentar el caso. Aunque no proporcionen ayuda con divorcios, probablemente lo puedan ayudar con temas de manutención de los hijos y de manutención del cónyuge/pareja de hecho, así que por lo menos les puede hacer preguntas sobre cómo llenar la Declaración de ingresos y gastos.

También puede contratar un abogado privado para que revise sus documentos o le de asesoría legal, ya sea con su caso de divorcio entero o solo las partes de su caso con las que necesite algo más de ayuda (esto se llama “representación de alcance limitado”). Haga clic si necesita ayuda para encontrar un abogado.

Haga por los menos 2 copias de todos sus formularios

Una copia será para usted; otra copia será para su cónyuge o pareja de hecho. El original será para la corte.

Presente sus formularios ante el secretario de la corte a no más de 30 días de haber recibido la entrega legal de la Petición

Entregue sus formularios al secretario de la corte. El secretario se quedará con el original y le devolverá las copias con un sello que dice “Filed” (Presentado). Una copia es para usted y la otra es para el peticionario (su cónyuge o pareja de hecho).

Tendrá que pagar una cuota de presentación. Tenga en cuenta que está presentando sus primeros documentos, una Respuesta, que a menudo se llama “primera comparecencia”. Si no puede pagar la cuota de presentación, puede solicitar una exención de cuotas.

Haga la entrega legal de sus documentos a su cónyuge o pareja de hecho

Entregue legalmente una copia de la Respuesta (formulario FL-120 ) y de cualquier otro documento que adjuntó, a su cónyuge o pareja de hecho. Tiene que pedirle a otra persona que haga la entrega legal por correo o en persona.

Puede hacer la entrega legal de este formulario a su cónyuge o pareja de hecho antes de que el secretario de la corte lo selle; pero asegúrese de no entregarle el original.

Presente su Prueba de entrega

Haga que la persona que hizo la entrega legal llene un formulario de prueba de entrega. Si hizo la entrega en persona a su cónyuge o pareja de hecho, debe llenar una Prueba de entrega en persona (formulario FL-330 ). O si hizo la entrega legal por correo, debe llenar una Prueba de entrega por correo (formulario FL-335 ).

Después presente la Prueba de entrega ante el secretario de la corte. (Si le entregó legalmente a su cónyuge o pareja de hecho una copia sin sellar de la Respuesta (formulario FL-120 ), puede presentar el original de su Respuesta junto con la Prueba de entrega.)

Nota: Si necesitas un Abogado que hable Español en California (CA), puedes buscarlo en el mayor directorio de abogados de California (CA). Clic aquí

https://analytics.google.com/analytics/web/?authuser=0#/a19873651w39653599p39359059/admin/integrations/adsense/editor/MELVhoLOS4O55HAh2VocUA