DIVORCIO-SEPARACIONES-NULIDAD » Divorcios USA » Utah

¿Permite el estado de Utah la pensión conyugal y quién puede obtenerla?

Cualquiera de las partes interesadas, ya sea hombre o mujer, puede solicitar y recibir una pensión conyugal. Una pensión conyugal puede ordenarse temporalmente o hasta que se realice el juicio, así como también por un periodo de tiempo más largo después del registro del acta de divorcio.

Para determinar la pensión conyugal, los juzgados consideran por lo menos los siguientes factores:

  1. La condición financiera y las necesidades del cónyuge receptor. Esto incluye deudas mensuales y obligaciones que el cónyuge receptor debe pagar, y la disponibilidad de fondos para pagar esas deudas.
  2. La capacidad del receptor para recibir un sueldo, o su habilidad para producir ingresos. Esto incluye ingresos recibidos o que están disponibles de todas las fuentes, historial de empleo, habilidad o inhabilidad para trabajar, ingresos pasivos recibidos, etc.
  3. La habilidad del cónyuge contribuyente de proporcionar la manutención. Esto incluye ingresos recibidos de todas las fuentes por el cónyuge contribuyente, confrontados con las deudas y obligaciones que el cónyuge contribuyente debe pagar. Como regla general, no es permisible incurrir deudas para evadir la pensión conyugal.
  4. La duración del matrimonio: entre más tiempo haya durado el matrimonio, mayor es la posibilidad de que se conceda la pensión conyugal.

Los juzgados pueden tomar en consideración la culpa de las partes interesadas para determinar la pensión conyugal. Como regla general, los juzgados toman en cuenta el nivel de vida que existía en el momento de la separación para determinar la pensión conyugal. En matrimonios de corta duración, sin hijos concebidos o procreados durante el matrimonio, es posible que el juzgado tome en consideración el nivel de vida que existía cuando comenzó el matrimonio. Algunas veces, los juzgados tratarán de equilibrar los niveles de vida de cada parte interesada respectivamente.

Es posible revisar y modificar la pensión conyugal si las condiciones cambian. La pensión conyugal termina automáticamente en el momento que el cónyuge receptor cohabite o contraiga matrimonio nuevamente. No es posible que una pensión conyugal sea prescrita por un periodo que exceda la duración del matrimonio, excepto en circunstancias atenuantes.

Etiquetas: -

Registros relacionados: -

Digg it! Imprimir este registro