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Cuando alguna de las personas que
presentan solicitud de reconocimiento de ciudadanía italiana está divorciada,
es necesario que presente la partida de dicho matrimonio acompañada de la sentencia
del divorcio legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores argentino,
traducida al italiano. Dicha sentencia debe tener inscripta la frase “cosa
juzgada” o “sentencia en firme”. Una vez que tanto la partida de
matrimonio como la sentencia de divorcio estén inscriptas en la comuna italiana
competente, se podrá presentar (si existe) la partida de un segundo matrimonio.

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