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La cuantía de la pensión compensatoria vendrá determinada en función de las circunstancias económicas y personales de los cónyuges, como por ejemplo: la edad y el estado de salud del cónyuge con derecho a pensión, la dedicación pasada y futura a la familia, la duración del matrimonio, la colaboración en las actividades mercantiles o profesionales del otro cónyuge, la pérdida eventual de un derecho de pensión, los acuerdos a los que hubieran llegado los cónyuges, el caudal y los medios económicos y necesidades de uno y otro cónyuge y cualquier otra circunstancia que pueda concurrir..

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